MARCAS, ETIQUETAS Y PLACAS ETIQUETAS DE PELIGRO PARA BULTOS Y VEHÍCULOS SEGÚN EL ADR 2011
PELIGRO DE CLASE 1. MATERIAS Y OBJETOS EXPLOSIVOS
PELIGRO DE CLASE 2. GASES
PELIGRO DE CLASE 3. LIQUIDOS INFLAMABLES
PELIGRO DE CLASE 4.
PELIGRO DE CLASE 5.
PELIGRO DE CLASE 6.2. Materias infecciosas
ETIQUETA Nro. 6.2.
La mitad de la etiqueta puede
llevar las menciones:
"MATERIAS INFECCIOSAS" y
"EN CASO DE DESPERFECTO O
FUGA, AVISAR INMEDIATAMENTE
A LAS AUTORIDADES
SANITARIAS". Signo
convencional (tres lunas
crecientes sobre un circulo) y
menciones, negras sobre fondo blanco
Cifra “6” en la esquina inferior.
PELIGRO DE CLASE 7: MATERIAS RADIACTIVAS
Placa-etiqueta para materias
radiactivas de la clase 7.
La placa-etiqueta deberá tener
250 mm por 250 mm como
mínimo con una línea de
reborde retirada 5 mm y
paralela al lado.
La cifra "7" tendrá una altura
mínima de 25 mm.
El fondo de la mitad superior de
la placa-etiqueta será amarillo
y el de la mitad inferior blanco.
El empleo de la palabra
"RADIACTIVE" en la mitad
inferior en facultativo, de
manera que este espacio
puede utilizarse para poner el
número ONU relativo al envío.
Signo convencional (trébol)
ETIQUETA Nro. 7.A.
Categoría I - Blanca.
Signo convencional (trébol):
negro sobre fondo blanco;
Texto (obligatorio): en negro
en la mitad inferior de la
etiqueta:
"RADIOACTIVE"
"CONTENTS....."
"ACTIVITY....."
La palabra "RADIOACTIVE"
deberá ir seguida de una barra
vertical roja
Cifra "7" en la esquina inferior.
ETIQUETA Nro. 7.B.
Categoría II - Amarilla.
Signo convencional (trébol):
negro sobre fondo amarillo con
reborde blanco (mitad superior)
y blanco (mitad inferior);
Texto (obligatorio): en negro
en la mitad inferior de la
etiqueta:
"RADIOACTIVE"
"CONTENTS....."
"ACTIVITY....."
En un recuadro de borde
negro: "TRANSPORT INDEX";
La palabra "RADIOACTIVE"
deberá ir seguida de dos
barras verticales rojas
Categoría III - Amarilla.
Igual a la Categoría 2, pero deberá ir seguida de tres barras verticales rojas
Cifra "7" en la esquina inferior.
OTRAS MARCAS DEL ADR.
MATERIAS PELIGROSAS PARA EL MEDIO AMBIENTE.
Los bultos que contengan
materias peligrosas para el
medio ambiente, deberán ir
marcados, de manera
duradera, con la marca para las
“materias peligrosas para el
medio ambiente”, a excepción
de los envases/embalajes
simples, así como los embalajes
combinados que contengan
envases interiores de
capacidad:
igual o inferior a 5 l para
los líquidos
igual o inferior a 5 kg
para los sólidos.
Sus dimensiones deberán ser
de 100 mm × 100 mm, salvo en
el caso de los bultos cuyas
dimensiones obliguen a fijar
marcas más pequeñas.
FLECHAS DE ORIENTACION
Deberán colocarse en los dos
lados verticales opuestos del
bulto y señalar correctamente
hacia arriba.
Deberán figurar dentro de un
marco rectangular y ser de
dimensiones que las hagan
claramente visibles a tenor del
tamaño del bulto.
También pueden ir rodeadas de
un trazado rectangular.
Dos flechas negras o rojas
sobre un fondo de color blanco
o de otro color que ofrezca
suficiente contraste.
El marco rectangular es
opcional..
MARCA PARA LAS MATERIAS TRANSPORTADAS EN CALIENTE
Los vehículos cisterna,
contenedores cisterna,
cisternas portátiles, vehículos o
contenedores especiales o
vehículos o contenedores
especialmente preparados,
para los cuales se exige una
marca para las materias
transportadas en caliente de
conformidad con la disposición
especial 580 cuando está
indicada en la columna (6) de la
tabla A del capítulo 3.2,
deberán llevar, en cada lateral
y la trasera si se trata de
vehículos, y en los cuatro lados
cuando se trate de
contenedores, contenedores
cisterna o cisternas portátiles,
una marca de forma triangular
cuyos lados midan al menos
250 mm y que estará
representada en rojo
SEÑAL DE PRECAUCION PARA LOS DISPOSITIVOS DE TRANSPORTE BAJO FUMIGACION
La señal de precaución para las
unidades sometidas a
fumigación debe ser de forma
rectangular y medir al menos
300 mm. de ancho y al menos
250 mm. de alto. Las
inscripciones deben ser negras
sobre fondo blanco, y las letras
deben medir al menos 25 mm.
de altura.
MARCA SOBREEMBALAJE / OVERPACK
Un sobreembalaje deberá llevar una marca con la palabra "SOBREEMBALAJE" y llevar el numero ONU precedido de las letras "UN"
La marca "SOBREEMBALAJE" deberá ser fácilmente visible y legible, deberá estar marcada en una lengua oficial del pais de origen y, además, si está lengua no es el inglés, francés, alemán, entonces deberá marcarse con otro idioma como inglés, francés o aleman, a menos que existan acuerdos ratificados entre paises interesados en el transporte que dispongan de otra cosa.
Hacemos bajo demanda rollos de cinta impresos con SOBREEMBALAJE /OVEPPACK
Tambien etiquetas y/o plantillas para estarcir
Plantillas con normativas UN etc..